USOS, VENTAJAS Y PREOCUPACIONES DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA PRÁCTICA LEGAL
4 de diciembre de 2024
* Ponencia de 10 minutos para el “V MEGA WORLD CONGRESS – Generative Artificial Intelligence, Augmented and Virtual Reality, Satellite Internet, Machine Clients and Fundamental Rights”, 25 al 29 de noviembre y 2 al 6 de diciembre de 2024, co-organizado por Colegio de Abogados de República Dominicana y Fundación Justicia y Transparencia.
Resumen:
El acceso masivo a diversos modelos de Inteligencia Artificial (IA)
supone uno de los más relevantes avances de la tecnología digital contemporánea
en todas las ramas profesionales. El ejercicio de la abogacía no debe
resistirse a los avances de estas herramientas, aunque su aprovechamiento exige
prudencia para optimizar el tiempo de trabajo jurídico y garantizar resultados
útiles. La IA aún no puede reemplazar íntegramente a los abogados en la
actualidad, ni tampoco constituye un pre requisito de excelencia en el servicio
que los abogados dominen y utilicen la IA para poder brindar asistencia y
representación legal a los clientes, sin embargo, ese momento se encuentra a la
vuelta de la esquina. El uso estratégico y efectivo de la IA marca desde ya diferencias
competitivas entre aquellos abogados que saben utilizarla, y aquellos que no.
Idealmente, las mejores ventajas de la IA pudieran utilizarse de igual forma en
servicios estatales, aunque tal experimentación es se encuentra exenta de
motivos de desconfianza. En definitiva, la IA detona algunas preocupaciones
legítimas, tanto para los abogados como para los clientes, mientras impulsa la
creación de servicios innovadores creados por abogados para abogados y
clientes.
El análisis sobre el
impacto y los riesgos de la adopción de la IA en el campo del Derecho es un
tópico fértil que, en muy poco tempo, ha soportado un exceso de ponderaciones
académicas y exploraciones en artículos jurídicos. Una simple y rápida búsqueda
en internet es más que suficiente para corroborar cómo las desbordantes publicaciones
inundan la mayoría de los portales de revistas jurídicas y bufetes legales. Sin
embargo, tal realidad no convierte inmediatamente dicho tema en una cuestión
obsoleta por hartazgo, sino más bien, en una necesidad de aterrizaje práctico y
realista que pueda ser apreciado en términos pragmáticos por la mayoría de los
abogados en ejercicio, actores claves del sistema y hasta estudiantes de
Derecho. A fin de cuentas, a pesar del sobreabundante tratamiento literario de
la IA en el Derecho, no puede soslayarse que aún constituye una tecnología
emergente cuyo alcance aún intentamos comprender.
Podemos decir que el
estudio y el ejercicio del Derecho pudieron aprovechar ciertos avances
tecnológicos digitales que facilitaron enormemente las lucubraciones intelectuales
y las labores de despacho. Desde la máquina de escribir a la computadora, desde
las bibliotecas convencionales con fichas impresas a las bases de datos
localmente digitalizadas, y hasta el acceso remoto a través de la web a
incontables fuentes legislativas, jurisprudenciales y doctrinales, es evidente
que el límite de la evolución de las herramientas digitales al servicio de
Derecho dependen exclusivamente de la voluntad y la disposición de los
involucrados. Ya el abogado no debe esperar a retornar a su oficina para
consultar una compilación legislativa impresa, o rebuscar entre archivos y un
mar de papeles para confirmar el contenido de un recurso jurisdiccional o de una
sentencia, siempre y cuando cuente con la sincronización de su base de datos profesional
en la nube, donde los filtros de búsqueda, asistidos por IA, son más rápidos y
certeros que en el sistema operativo de su laptop.
Esas herramientas
resultan particularmente útiles tomando en cuenta la progresiva híper
especialización del Derecho, uno de los efectos en que ha desembocado la
incesante expansión legislativa y las innovaciones con precedentes judiciales. Resulta
ser que la época del abogado experto con gran profundidad equivalente en
derecho civil, penal, laboral y tributario está agotando su ciclo de vida y se
acerca a su extinción. Los profesionales ya no pueden abarcar, en tan poco
tiempo y con tan feroz competencia, tantas ramificaciones en las que se ha sub
dividido cada área del Derecho. En esas condiciones, un compañero digital inteligente
puede ser la gentil colaboración para ese abogado que necesita contestar, en
tiempo récord, ciertas interrogantes ubicadas al otro extremo de su área de pericia
a la que el mercado lo ha ido acorralando para ser más “competitivo” en la conquista
de un nicho concreto.
Y es que este tipo de
usos investigativos sería solo una de las múltiples aristas del uso de la IA en
el Derecho. En el plano de ejercicio puro y duro de la abogacía frente al
cliente ya son muchas las herramientas de IA disponibles al margen de los
ampliamente conocidos “Chat GPT”, “Gemini” y “Copilot”. Iniciativas como “Spellbook”,
“LexisNexis” y “Westlaw” son ejemplos claros de IA generativa con capacidad de
asistir a los abogados para hacer más eficiente el trabajo de escritorio de
rutina. Incluso en República Dominicana ya se cuenta con una extraordinaria herramienta
de IA de aplicación jurídica localizada llamada “GPT LEGAL”, creada por el colega Gilberto Objío.
Algunas de las
funciones más básicas de IA aplicada a la práctica legal incluirían búsqueda y confirmación
de legislación, jurisprudencia y doctrina, especialmente sobre contenido no
indexado y clasificado en línea, pobremente digitalizado o francamente ilegible,
máxime cuando los tradicionales motores de búsqueda resultan insuficientes. En
el caso de las funciones de IA de procesamiento de lenguaje natural,
destacarían las conversiones de imagen a texto y las traducciones en tiempo
real, mientras que en el caso de las IA generativas ya es posible lograr la redacción,
corrección, análisis crítico y resumen de textos con precisión quirúrgica.
Por tanto, labores
como la traducción de una cláusula en alemán, la transcripción de un manuscrito
o un formulario utilizado por un departamento de contabilidad, o la redacción
de un contrato, una asamblea o una instancia simple a una entidad pública, ya son
tareas realizables en segundos, acortando
en un porcentaje asombroso el tiempo originalmente requerido para esos
cometidos. Hoy es posible optimizar el tiempo del abogado explotando las
herramientas de la IA para cumplir velozmente con múltiples y diversas gestiones
a lo interno de un bufete, en especial las que son más tediosas y de naturaleza
fundamentalmente más mecánica que racional, independientemente de las
admirables capacidades de razonamiento lógico de las IA.
Por supuesto, estas
herramientas de IA señaladas anteriormente son solo una parte pequeña y simple
del gran espectro utilidades. Funciones aún más ambiciosas se encuentran dentro
del universo de posibilidades, como el análisis
predictivo de expedientes de demanda y defensa, aunque quizás en países con
altos niveles de inseguridad jurídica carezca de sentido intentar pronosticar
desenlaces con IA sin la co participación activa del conocimiento empírico del
abogado conocedor de las “mañas” de los procesos y sus actores.
En todo caso, uno de
los principales beneficiarios de estas mejoras por IA en los tiempos de
respuesta sería el cliente final, que ya no debe necesariamente esperar varios
días para la entrega de una propuesta de contrato o declaración jurada. Esto
quizás permite que los despachos legales aumenten su capacidad de volumen de
clientela y, en consecuencia, su rentabilidad, aunque no sería descabellado
preocuparse por la posible trivialización del servicio legal como un encargo “express” o de “auto servicio”, que pudiese desvalorizar el trabajo del abogado e
impactar negativamente en sus honorarios.
En el caso de la
oferta de servicios de índole legal emanados de entes gubernamentales y del
Poder Judicial, no cabe duda que tanto el ciudadano como el abogado-usuario
apreciarían la reducción de los tiempos de espera para la finalización expedita
de trámites puramente administrativos o secretariales con apoyo en la IA. Sin
embargo, es ampliamente sabido que la adaptación a las plataformas virtuales no
es la más fluida y eficaz de las transformaciones estatales (y mucho menos las
judiciales), por lo que esperar un uso afortunado de la IA en las secretarías
de tribunales y oficinas públicas es una fantasía placentera, pero de difícil
consecución en el corto y mediano plazo. Peor aún, hablar de aplicación
sistemática de la IA legal en el entorno estatal resulta bizarro cuando todavía
los portales digitales presentan fallos y retrasos, y los sistemas de trámite
virtual de solicitudes son inconsistentes e inseguros, aplicaciones que son,
por mucho, más fáciles de programar que una IA. Todavía ni siquiera es posible
completar determinados procedimientos e interposición de instancias por la vía
digital sin una contradictoria y absurda contrapartida física lenta de compra y
escaneo de sellos e impuestos, o de depósito o retiro presencial de
certificaciones y documentos originales, todo lo cual distorsiona el concepto
mismo de la virtualidad y lo convierte en un fútil esfuerzo para la –
justificada – irritación del usuario que esperaba un servicio realmente
“remoto”.
Aun así, con la
incorporación en el futuro de nuevas tecnologías de IA con características de
automatización a la oferta de servicios de naturaleza legal en el sector
privado y público para mejorar la eficiencia y la satisfacción final, es
natural (y hasta sano) pensar en la posibilidad de que la progresiva
implementación de IA en tales servicios traiga consigo cierto nivel desafortunado
de deshumanización de los procesos, invisibilizando las necesidades e
individualidades de los interesados en cada expediente. Similar a las máquinas operadoras
que fungen como asistentes telefónicos automatizados en bancos y compañías
telefónicas, es admisible anticipar que, en el día de mañana, la atención
recibida de una IA testaruda pueda poner a prueba la paciencia de clientes y
abogados-usuarios. Sin embargo, sabiendo que es posible programar empatía en el
software de la IA, y sabiendo hasta
dónde se puede extender la apatía, indolencia y el maltrato de servidores de
carne y hueso responsables de atención al cliente, quizás los niveles de
frustración pudiesen ser reducidos al reemplazar a esos malos funcionarios por
una IA más receptiva y amigable. Una cosa sí es segura, y es que están a punto
de abrirse las puertas de un nuevo tipo de competencia por la excelencia en el
servicio: humano contra máquina.
Ahora bien, abogados y
usuarios neófitos en el “arte” de conversar con una IA pueden desincentivarse
por respuestas genéricas, imprecisas o ajenas al verdadero objeto de diálogo
originalmente pretendido. La solución a este problema suele ser simple: un
comando bien diseñado.
Así como las personas
no piensan en cabeza ajena, la IA no es capaz de adivinar las intenciones del
usuario ni el trasfondo situacional de su consulta, por lo que para lograr el
mejor resultado posible de IA no es necesario conocer un lenguaje de código
informático, sino, saber aprovechar lo que se denomina comúnmente como “ingeniería prompt”. Por un lado, se
trata de una simple organización coherente de ideas con la mejor redacción y
orden lógico posible. Por otro lado, se trata de colocar entradas a la IA con
datos contextuales, antecedentes, información geográfica, fechas y toda
aclaración relevante posible, acompañada de un requerimiento específico. Ambas
fórmulas son, simultáneamente, la ventana a un producto final mucho más
satisfactorio, aunque también es un riesgo latente que la conclusión de la
consulta a la IA pueda estar viciada por una especie de sugestión provocada por
el individuo en el transcurso del suministro de entradas, sea esta persuasión
consciente y deliberada o no. Para estos casos, resulta imperioso que el
usuario reflexione sobre la forma de introducción de estas informaciones, así
como sobre las capacidades técnicas de la IA utilizada en concreto (por
ejemplo, una IA especializada en Derecho típicamente arrojará mejores resultados
que una IA de amplia gama).
No significa lo
anterior que, aún con una refinada “ingeniería
prompt”, todo resultado de IA es plenamente confiable. Es cierto que la
mayoría de los sistemas de IA disponibles libremente para su uso masivo inmediato
por cualquier profesional ya tienen impuestos límites morales y éticos. Esto
quiere decir que las consultas malintencionadas y con posible intención
criminal son típicamente rechazadas, por lo que este aspecto no concita mayores
preocupaciones, salvo en aquellas IA de origen más oscuro. Lo que sí ha de
convocar algo de preocupación y precaución son otros males, como el error y el
sesgo.
Quienes son asiduos en
el uso de IA saben que los errores son frecuentes y las contradicciones son
reincidentes, de modo que la verificación es aconsejable en todo momento,
independientemente de que el usuario de la IA puede obligarle a validar su
propia información para intentar ahorrar tiempo de rectificación manual. Por
ejemplo, al exigir a la IA que demuestre la fuente de su respuesta, hay
posibilidad de que la misma reconozca la falta de sustento o base normativa para
sus argumentos, para así descartar respuestas incorrectas sin mayores
molestias.
También genera
suspicacia las tendencias filosóficas e influencias de pensamiento crítico en
los insumos con los cuales fueron alimentados los algoritmos de aprendizaje de cada
IA. Los humanos no son totalmente imparciales ni objetivos, por lo que la IA,
al ser un producto humano, tampoco es capaz de exhibir un razonamiento
totalmente ajeno a preferencias políticas, por más que lo intente. Para esta
situación en particular, es recomendable que la filosofía subyacente de toda
consulta legal a la IA sea esencialmente legalista y no interpretativa ni
especulativa, y a lo mejor que la misma consulta sea planteada a más de una IA,
a fines de comparar resultados
En todo caso, y sin
ánimo de invitar a la paranoia, el grado y la precisión de la validación manual
que inicie el abogado sobre cada respuesta de la IA por razones de posible
error o sesgo siempre dependerá del nivel de dominio sobre la materia
consultada, al igual que de la importancia y urgencia del objeto de consulta.
No todas las entradas de la IA ameritan el mismo esfuerzo de verificación, pues
si todo se sujeta a una pormenorizada corroboración manual, se desaprovecha uno
de los principales activos de la IA que son su razón misma de ser, como lo es
el ahorro de tiempo y la practicidad.
Tomando en cuenta
estos riesgos y debilidades de la IA como la conocemos hoy, los innovadores
proyectos que implementan IA como servicios directos en sí mismos, y no como
instrumentos detrás de cámaras en beneficio exclusivo de los abogados, tienen
la oportunidad de perfeccionarse cada vez más en provecho de clientes finales.
Ya hoy están disponibles sistemas de IA que brindan consultas jurídicas, tanto
de forma gratuita como mediante pago con suscripción, e incluso sistemas de IA
que llevan a cabo evaluaciones de perfiles migratorios para fines de posible
concesión de visado.
Pulir y afinar
herramientas de IA para limitar al extremo el margen de error y sesgo haría
factible su uso, incluso en la restauración y reconstrucción de evidencias,
tales como imágenes, audios y videos en el marco de investigaciones criminales.
Al día de hoy, el personal forense al que se le encomienda la recuperación
digital de pruebas acusatorias en la persecución de crímenes violentos o de
alta tecnología aún depende de herramientas digitales lentas y con poca
efectividad para depurar datos y rescatar remanentes de archivos alojados en
discos duros y en la red. Este obstáculo pudiera ser vencido por IA generativa
en la identificación de patrones para llevar a cabo esos complejos procesos sin
desnaturalizar los cuerpos del delito ni los hechos alegados.
Extrañamente, en
aspectos penales la IA puede presentarse tanto como veneno como antídoto. Los
casos de estafas, suplantación de identidad, extracción de datos, falsedad y
fraude cada vez son más frecuentes por medio de “deep fakes” impulsados por IA que emulan la apariencia y la voz de
seres humanos reales. No sería de extrañarse que de igual modo comenzarán a
propagarse pronto casos de incriminación fraudulenta de delitos con pruebas
prefabricadas con IA, perversidad que pudiese ser capitalizada políticamente o usada
como chantaje y extorsión contra figuras públicas. Si bien es cierto que, quizás,
un espectador ágil puede diferenciar un contenido ilícito generado por IA de
uno verídico, lamentablemente una vasta parte de la población puede ser
engañada por esa misma IA, y eso puede incluir a actores del orden civil y del
sistema de justicia para ser instrumentalizados con fines pérfidos.
Irónicamente el antídoto para ese veneno es, precisamente, el uso de la IA para
identificar fotos, material audiovisual, textos y documentos ilegítimos forjados
tan finamente por IA que la audiencia promedio es incapaz de advertir que se trata
de un constructo artificioso y dañino.
En fin, todo
avance en el uso de IA para perfeccionar el ejercicio de la abogacía y la
asistencia legal, así como cualquier proceso en el plano público o privado,
necesita un grado mínimo de voluntad en las cabezas de los bufetes, las
empresas y los órganos de la Administración Pública y del sistema de justicia.
Pero dicha voluntad no es suficiente, pues también se amerita compromiso con la
supervisión proactiva sobre la operatividad de la IA, que deberá imperiosamente
intensificarse para el momento, en un futuro, en que surjan las IA autónomas,
sin que dicha vigilancia se traduzca en una híper regulación que obstaculice la
innovación y el desarrollo. Es necesario
vencer los miedos y la desconfianza de algunos colegas abogados en la IA, para
que estos sentimientos de escepticismo sean sustituidos por una optimista
cautela luego del agotamiento fructífero de la curva de aprendizaje sobre esta
tecnología.